Si abro el diccionario “Espasa” por la página de la letra P (tomo VI de la séptima edición, de 1957) y busco el significado de la palabra “propiedad”, leo esto:
Propiedad. fr., Propiété; it., Propietá; i., Propriety, property; a., Eigentum, Eigenschaft, Besitzung. (De propriedad.) f. Derecho o facultad de disponer de una cosa, con exclusión del ajeno arbitrio, y de reclamar la devolución de ella si está en el poder de otro. || Cosa que es objeto de dominio, sobre todo si es inmueble o raíz. || Atributo o cualidad esencial de una persona o cosa. || fig. Semejanza o imitación perfecta, como en la pintura, música u otras cosas. || fig. Defecto contrario a la pobreza religiosa, en que incurre el profeso que usa una cosa como propia. || Fil. PROPIO, accidente necesario o inseparable. || Gram. Significado o sentido peculiar o exacto de las voces o frases. || Mús. Cada una de las tres especies de hexacordos que se usaron en el solfeo del canto llano. || - CONMUTATIVA. Mat. Lo que no altera cambiando el orden de sus términos o elementos; p.e., 2 + 4 ó 4 + 2. || - DISTRIBUTIVA. Todo producto entre dos factores, uno de los cuales es una suma, es igual al producto del primer factor por cada uno de los términos de la suma: a (b + c) = a • b + a • c. || - INTELECTUAL. La del autor respecto a la obra por él escrita. || NUDA PROPIEDAD. Der. Atributos del dominio de una cosa, considerados separadamente y en contraposición del usufructo mientras éste perdura. || PROPIEDADES ADITIVAS. Fís. y Quím. Propiedades de mezclas físicas y combinaciones químicas, que pueden deducirse por adicción, de las propiedades físicas y químicas de los elementos constitutivos. El peso es una de estas propiedades.
Si busco el significado de la misma palabra en el diccionario de la Real Academia Española, edición actual (la que se puede ver en Internet), leo esto:
propiedad.
(De propriedad).
1. f. Derecho o facultad de poseer alguien algo y poder disponer de ello dentro de los límites legales.
2. f. Cosa que es objeto del dominio, sobre todo si es inmueble o raíz.
3. f. Atributo o cualidad esencial de alguien o algo.
4. f. Semejanza o imitación perfecta.
5. f. Defecto contrario a la pobreza religiosa, en que incurre el profeso que usa una cosa como propia.
6. f. Fil. Accidente necesario e inseparable.
7. f. Gram. Significado o sentido peculiar y exacto de las voces o frases.
8. f. Mús. Cada una de las tres especies de hexacordos que se usaron en el solfeo del canto llano.
nuda ~.
1. f. Der. La que carece del usufructo.
~ horizontal.
1. f. La que recae sobre uno o varios pisos, viviendas o locales de un edificio, adquiridos separadamente por diversos propietarios, con ciertos derechos y obligaciones comunes.
en ~.
1. loc. adv. Como propio.
2. loc. adv. U. para referirse al cargo o empleo que disfruta alguien durante toda su vida laboral. He sacado la plaza en propiedad.
□ V.
registro de la propiedad: 1. m. Aquel en que el registrador inscribe todos los bienes raíces de un partido judicial, con expresión de sus dueños, y donde se hacen constar los cambios y limitaciones de derecho que experimentan dichos bienes.
registro de la propiedad industrial: 1. m. El que sirve para registrar patentes de invención o de introducción, marcas de fábrica, nombres comerciales y recompensas industriales, y para obtener el amparo legal de los derechos concernientes a todo ello.
registro de la propiedad intelectual: 1. m. El que tiene por objeto inscribir y amparar los derechos de autores, traductores o editores de obras científicas, literarias o artísticas.
En definitiva, creo que en algunos ambientes sociales se está haciendo mal uso del término propiedad. Supongamos que Ramón Martínez escribe un libro (una canción, un poema, una sinfonía o lo que sea). Es normal que si Pepe López quiere tomar como suya la obra de Ramón Martínez, éste se cabree y haga todo lo necesario para conservar la propiedad intelectual de su obra. Pero si Juan Ruiz usa esa obra para dejársela a un amigo, o para mencionar una frase que le ha gustado en una conferencia, siempre y cuando cite al autor, no veo ningún motivo de queja por parte de Ramón.
¿Y qué pasa si Juan hace fotocopias para todos sus amigos, ya que quiere que se lean cuanto antes un par de capítulos porque le gustaría discutir ciertos conceptos que se tratan en los mismos? No va a obligar a comprar el libro a sus amigos sólo por un par de capítulos.
Puestos a hablar con propiedad, me hago una pregunta ¿quién es el propietario de la propiedad intelectual?, ¿el autor?, ¿su agente?, ¿la editorial o discográfica?, ¿una sociedad privada que se ha hecho dueña y señora de los creadores (y parece que también del gobierno) de este país? Porque si el tal Ramón comparte su libro con su agente, su editorial y esa sociedad antes mencionada, ¿por qué Juan no puede compartir su libro con sus amigos?
Por cierto, me parece muy bien que Juan tenga que pagar los derechos de autor de Ramón al comprar su libro. Es de justicia, porque está adquiriendo propiedad intelectual que pertenece a Ramón Martínez; pero si compra un cuaderno en blanco, ¿por qué tiene que pagar derechos de autor?, ¿porque esa sociedad de mal pensados piense que vaya a escribir en el cuaderno en blanco el libro de Ramón? Eso me recuerda al chiste de la señora que va a dar un paseo en la barca de su marido, y la para un agente forestal, diciendo que la va a multar porque tiene los aperos de pesca en el barco y estamos en época de veda. La señora le contesta que no está pescando, sólo tiene los aperos porque el barco es de su marido y aún no los ha recogido, y el guarda le dice que lo siente, pero al tener los instrumentos, no tiene más remedio que multarla. Tras lo cual ella le comenta que no va a tener más remedio que acusarle de violación, a lo que el agente le dice que si está loca, que él ni siquiera se le ha insinuado, que sólo cumple con su deber, y ella, tranquilamente, le contesta: Ya, ya lo sé, pero tiene el instrumento para violarme. Además, para colmo de males, los derechos de autor que Juan paga al comprar el cuaderno en blanco, no los va a ver Ramón ni en pintura, porque la sociedad antes mencionada no va a repartir entre todos los autores ese sobreprecio que cuesta el cuaderno; sobreprecio, por cierto, que ha sido impuesto por un gobierno que se llama socialista, engatusado por esa sociedad para tomar una medida puramente capitalista, lo que me hace pensar que cuando cambie el gobierno y pase a ser de derechas sin antifaz, esa medida que tanto han usado para criticar al gobierno no va a ser tocada. Es decir, este tema del sobreprecio de los cuadernos en blanco (sí, lo has entendido bien, me estoy refiriendo al abusivo canon sobre los soportes electrónicos de información), me hace pensar que los que se van a llevar ese dinerito sin merecimiento son unos mangantes. Aquí quedaría muy bien eso de “el canon para el que lo trabaja”.
Creo que ya he tratado más o menos todos los temas acerca de la propiedad intelectual que me preocupan; los podría haber tratado más extensamente, pero prefiero dejar estas pinceladas para que sea el lector quien tome sus propias (de propriedad) conclusiones, y si está de acuerdo conmigo (o si no lo está), no estaría mal que dejara algún comentario al respecto.
Nos vemos, sed felices.
P.D.- No pongo ningún vídeo no sea que me cobren los derechos de autor.